lunes, 31 de agosto de 2015

Qué hacer cuando tu pasado te persigue



 “Hay un pasado que se fue para siempre pero hay un futuro que todavía es nuestro”.
   Frederick William Robertson


El pasado es ese punto de nuestra historia que vuelve en cualquier momento para recordarnos quién fuimos ayer y quienes somos hoy. Y es que, independiente de que esos momentos fueran buenos o malos, ya pasaron. Con todo, el pasado sigue ahí y nos acompaña cada día allá donde vamos. Pero, ¿qué ocurre cuando nuestro pasado nos atormenta, ensombreciendo el sol del presente?  Pues que se puede llegar a pasar entre regular y muy mal. Y lo cierto es que todos tenemos derecho a sentirnos bien(OMS,2013). Aunque bienestar y felicidad no son lo mismo, sí parece que tenemos derecho a,  cuanto menos, unas migajas sustanciosas de felicidad. Esto es coherente con lo que nos dice la Dra. Francine Shapiro. al afirmar que. "sólo porque lo sientas no tiene por qué ser verdad". 



El enfoque EMDR ( Eye Movement Desensitization and Reprocessing o Desensibilización y Reprocesamiento por los Movimientos Oculares) asume que cuando los recuerdos nos afectan en el presente es porque nuestro cerebro no tuvo la oportunidad para poder integrarlos con éxito. De esta manera, el cerebro intenta superar estos recuerdos (o síntomas), traiéndolos al presente una y otra vez con el fin de que nos acostumbremos a ellos. Por tanto, el enfoque EMDR asume que la ansiedad, los miedos, las obsesiones y otros problemas nacen de experiencias pasadas no resueltas.


Ahora bien, unas de las limitaciones actuales del EMDR es que está indicado sobretodo para el Trastorno de Estrés Postraumático, reduciendo entre 77 y el 100% de la secuelas psicológicas derivadas de los traumas. Cierto es que hay resultados prometedores para la Depresión Bipolar. Pero también es cierto que para problemas como la depresión, puede ayudar a superar e integrar experiencias traumáticas, aunque lo hará como complemento a otras terapias psicológicas de eficacia conocida, las cuales es preciso que el profesional domine. La utilidad como complemento para la depresión, viene de la mano de que la depresión, con frecuencia, surge a raíz de algo (fallecimiento de alguien importante, ruptura amorosa, despido, etc.). El EMDR ayudará a reducir las emociones sobre los disparadores de los pensamientos depresivos y gracias a otras técnicas permite a la persona avanzar hacia delante.


Pero, ¿cómo  se superan los traumas usando EMDR? Pues mediante el Procesamiento Adaptativo de la Información (PAI), que es una capacidad del cerebro para procesar recuerdos. Imagínese que su mente es una red y que las malas experiencias que le azoran son hilos sueltos de esa red. El EMDR “reconecta” estas experiencias sueltas dentro de la red gracias a la capacidad natural del cerebro para reconectar redes, la cual llamamos PAI. 
Si por casualidad le viene a la mente el anuncio de algún champú reparador de puntas, también sería un buen ejemplo de cómo actúa el EMDR. Por tanto, es el PAI el que permite dar sentido y utilidad a las malas experiencias (o síntomas), haciendo adaptativo lo que es desaptativo. En otras palabras, permite que el cerebro asimile lo malo para que de ello se pueda sacar una experiencia productiva.


¿Y todo esto se hace sólo hablando de los traumas? Si bien es cierto que la escucha es  una parte importante del proceso, va más allá de hablar y escuchar. La herramienta principal es la activación de los dos hemisferios. Si usted toca su pierna derecha, su hemisferio izquierdo es el que se activa y viceversa. El EMDR usa los Movimientos Oculares (M.O.) como principal método de activación de ambos hemisferios. Como supondrá, existen otros métodos de estimular ambos hemisferios.  Muy resumidamente el proceso terapéutico es el siguiente:  en la fase 1 es donde la escucha y la comprensión tienen una importancia capital ya que de ella depende los traumas que se van reprocesar. Estos traumas son el objetivo del EMDR,  por ello se llama targets (objetivos en inglés). Básicamente hay dos tipos de targets. Las primeras "T" representan amenazas contra la vida o la integridad física de las personas. El segundo tipo son las "t", y representan momentos en los que una persona se sintió abandonada o  con carencias afectivas (f el abandono en la infancia solía ser sinónimo de muerte).  

En la fase 2 se prepara al paciente y se le dota de los recursos psicológicos necesarios. Se establece lo que se denomina "Un lugar seguro".En la fase 3 se mide el grado de perturbación del las "T" o las "t". Ya en la fase 4, podríamos decir que es donde más se aplican los Movimientos Oculares (MO). En las fases 5, 6, 7 y 8 es donde nos aseguramos que el reprocesamiento de la experiencia se ha producido correctamente, lo afianzamos y preparamos a la persona para el futuro. Entonces el proceso llega a su fin.  A lo largo se ha trabajado con  los elementos que componen los targets o recuerdos a procesar (Imagen, Cogniciones, Emociones, Sensaciones Físicas) así como las creencias negativas que nos pesan. Más allá de la sensaciones subjetivas, estamos ante una herramienta psicoterapéutica que, tal y cómo  comenta Pagani (2012), produce cambios neurológicos en el área límbica (lugar implicado en el almacenamiento y recuperación de la memoria, entre otras funciones) así como a regiones asociativas.


Esquema gráfico del área Límbica y descripción de algunas de sus funciones.


Además de estos cambios neurológicos, es importante aclarar que a lo largo del proceso de EMDR, hay buenos y malos momentos. Dentro de los buenos están las sensaciones de reconciliación, de tranquilidad, de seguridad o de volver a sentir cariño por un padre. Dentro de los malos están la tristeza, la soledad, la rabia y la culpa que llevamos en nuestro interior día a día y que guardamos en el cajón del falso olvido. Es lógico pensar que cuando aparecen recuerdos que llevan mucho tiempo ahí abajo, uno se encuentra con sensaciones paradógicas, con emociones intensas y con reacciones curiosas. Pero así es cómo un pasado oscuro puede dar a luz a un  futuro prometedor. 

miércoles, 20 de mayo de 2015

Tipos de entrevista en psicología forense

Una vez un funcionario de justicia con más de cuarenta años al servicio del Estado español, me dijo: “así quieras la respuesta, así has de formular la pregunta”. Y desde luego, existen sobrados argumentos científicos que ponen de manifiesto que la manera de preguntar afecta a la manera de responder. En el caso de los y las testigos, la manera de realizar las entrevistas determinará, entre otras cosas,  la cantidad y la calidad de información que de ellos se puede extraer. De manera clásica, jueces, policías y abogados se sirven dos instrumentos básicos:

-          Entrevista Narrativa.  El método busca que el sujeto relate o narre libremente los acontecimientos tal cual los vivió. De manera que, el testigo se limita a dar su versión recordando los detalles que acuden a su mente. Ejemplo: “¿qué fue lo que pasó?”


-          Entrevista Interrogativa. Este método consiste en hacer preguntas concretas sobre los hechos, de manera que el testigo va siguiendo sus recuerdos guiados por el entrevistador. Ejemplo: En el momento de los hechos, ¿usted estaba en el salón o la cocina?


Tal y como cita el Dr. Ramón Arce de la Unidad de Santiago de Compostela y su equipo, fue Alonso-Quecuty (1993) la que propuso la utilización conjunta de la entrevista narrativa  y la interrogativa como solución a este problema. Obviamente, el orden de utilización es sumamente importante. Primero ha de utilizarse la entrevista narrativa y posteriormente la interrogativa. Si primero se lleva a cabo la Entrevista Interrogativa y luego pasamos la Entrevista Narrativa, correremos el peligro de que los interrogadores, con sus preguntas estén contaminando detalles narraciones posteriores. Esta influencia es lo que se conoce como información postsuceso. En otras palabras, la influencia de los entrevistadores puede estar afectando algunos detalles de los recuerdos,  importantes o no para en el proceso judicial. A tal efecto, D. Antonio L. Manzanero ha publicado un nuevo libro, dando cuenta de estos procesos de interferencia y otros fenómenos relacionados con la memoria. 

Retomando el tema anterior, la entrevista policial o estándar adolece de una serie de problemas, puestos de manifiesto por Fisher, Geiselman y Raymond (1984) identificando tres problemas fundamentales:


-Frecuentas interrupciones en las descripciones de testigos. Esto genera menos información de la que realmente hay. Le memoria no entiende de recuerdos importantes o no importantes, se limita enlazar unas cosas agrupándolas en nodos de memoria. Con frecuencia es preciso activar nodos latentes a través de la reconstrucción de contextos (véase la Entrevista Cognitiva explicada por Ibáñez Peinado, 20081). De manera que las interrupciones generan información más vaga e imprecisa ya que a los testigos no se les da  tiempo y concentración para que sus memorias activen todos los nodos a los que están conectados.

-Exceso de preguntas de respuesta corta (p .ej: ¿Estaba usted en el baño o en el salón?).Este tipo de preguntas genera en el testigo una tasa inferior de concentración a las preguntas abiertas. Además, la información obtenida se circunscribe únicamente a la solicitud formulada, de manera que se pierde información valiosa pero no solicitada.


- Secuencia inadecuada de preguntas. 

o   Predeterminado (p.ej: Cuente desde el principio): Puede contravenir la representación mental del testigo ya que la memoria no siempre va de adelante hacia atrás.
o   “De vuelta atrás”:Interrumpen el flujo argumentativo.
o   Arbitrario: Interrupciones y problemas de concentración.


Más allá de los problemas de la entrevista policial o estándar existen una serie de cuestiones a tener en cuenta cuando es un agente de policía el que realiza el interrogatorio a un detenido. Tal y como nos dice la doctora en Filología Hispánica Raquel Taranilla (2011)2, el interrogatorio es “el medio por el cual el presunto responsable de un delito manifiesta sus conocimientos a cerca de los hechos que se le imputan”. Así mismo, desde varias teorías sociales provenientes del marco del Análisis Crítico del Discurso, el interrogatorio es una actividad orientada a confirmar y legitimar las conclusiones de quien pregunta, un agente en este caso.  Más allá de la influencia de teorías sociales, desde la psicología se sabe que tanto en el interrogatorio como en cualquier otra tipo de situación, entran en juego una serie de tendencias hacia la que cae todo aquel que tiene cerebro humano. Estas tendencias reciben el nombre de heurísticos; maneras del cerebro para buscar información y respuestas rápidas. Lógicamente y como casi todo lo rápido, tiene una elevada tendencia a al error, de ahí que se llamen sesgos (cognitivos). A continuación, se exponen dos de estos errores que tienen mucha relevancia a la hora de hacer un interrogatorio y una entrevista de una sola sesión:

Sesgo de confirmación. Esta tendencia del cerebro, descrita por Peter C. Wason, no es más que la tendencia a buscar información compatible con nuestras ideas, creencias o hipótesis,  independientemente de que esa información sea objetiva o no. Por tanto, el mero hecho de pensar que una persona es culpable nos llevará a seleccionar aquella información que nos confirme la culpabilidad.En el siguiente vídeo se nos ofrece una explicación de la enorme influencia de este sesgo: 



Error fundamental de atribución (también conocido como sesgo de correspondencia). Fue descubierto por Lee Ross (1971) y ocurre a la hora de explicar un comportamiento ajeno. Este efecto consiste en la tendencia a pensar que el comportamiento  externo (p.ej: una reacción de enfado) se debe a las características internas del individuo (p.ej: es un vinagre de hombre o un amargado) antes que a variables externas al individuo (por ejemplo, que la situación resulta angustiosa o que tiene un mal día). En otras palabras, es la tendencia a pensar que los demás actúan porque son así , antes que pensar que es la situación la que les puede estar llevando a actuar de esa manera. Obviamente, este sesgo no entra en juego cuando es nuestro comportamiento el que hay que explicar. De esta manera, tendemos a pensar que si alguien se salta un semáforo es un incívico, un irrespetuoso o un descuidado. Si por el contrario somos nosotros los que nos saltamos el semáforo tenderemos a pensar que fue un descuido (ajeno a nuestra voluntad ya que estábamos preocupados o ansiosos) o que sencillamente llevábamos prisa.

Por tanto, el arte de hace preguntas y generar respuestas está lejos de ser una cuestión sencilla o banal. Por ello, es importante plantearse qué método de entrevista resulta el más adecuado a la situación. De cualquier manera,  incluso procedimientos avanzados, efectivos y especializados como la Entrevista Cognitiva Mejorada (Fisher y Geiselman, 1992)  o la Entrevista Clínico-Forense (Arce y Fariña., 2005) precisan ser complementados de otros métodos para gozar de una adecuada fiabilidad y validez. A mayores, tal y como citan varios autores, son precisos muchos años de formación en estas técnicas. De esta manera, parece ser que el único enfoque con garantías suficientes es la aproximación multimétodo. Algunos de estos complementos a la entrevista son:

-    Repetición de la declaración en dos momentos diferentes con diferencia entre ambas con al menos una semana.

-   Grabación de las entrevistas (tanto para una adecuada  y de ser el caso, metódica transcripción, como para la revisión por parte de otros agentes jurídicos: magistrados, letrados, fiscalía o peritos de parte) y aplicación de métodos de gimnasia cognitiva (técnicas facilitadoras del recuerdo).

-   Contraste de las diversas declaraciones a lo largo del proceso mediante un sistema estandarizado (p.ej: el SVA, acrónimo de  Statement Validity Assessmen).

-   Estudio psicométrico del evaluado (usando pruebas de control de la simulación/disimulación: MMPI-2, 16 PF-5, SIMS, etc.).

-   Establecimiento de la huella psíquica del delito, de ser el caso.

-   Consulta de bibliografía especializada para el contraste de hipótesis.

Por todo ello, si usted desea que se refleje de manera fiel y neutra la comisión de ciertos hechos, es muy probable que precise lo servicios de un profesional especializado. Así mismo, le recordamos que los lugares propicios para poner una denuncia son las comisarías de policía y también los juzgados de guardia. 

Antes de cerrar, deseo dedicarle este artículo a D. Ricardo Manuel Martín Ferrera, funcionario de justicia que desempeñó durante más de cuarenta años una labor encomiable dentro de los Juzgados de Instrucción, Primera Instancia, Juzgados de lo Penal y Vigilancia Penitenciaria de las Palmas de Gran Canaria.


Referencias.
1 Ibañez Peinado, 2008. La Entrevista Cognitiva: Una revisión teórica. Psicopatología Clínica Legal y Forense, Vol. 8, 2008, pp. 129-159.

2 Taranilla, Raquel (2011). Análisis Lingüístico de la transcripción del relato de los hechos policiales en el interrogatorio policial. ELUA. Estudios de Lingüística. N. 25 (2011). ISSN 0212-7636, pp. 101-134

jueves, 5 de febrero de 2015

Tipos de daño a reclamar


De manera general, se habla de dos clases de daño: el daño patrimonial y los daños extrapatrimoniales (Navarro y Segura, 2008).  Dentro del daño patrimonial, esto es,  el referido sobre las propiedades del perjudicado, se incluye el coste de las reparaciones de las propiedades (daño emergente) así como las pérdidas de ingresos producidas a raíz del evento (lucro cesante).

Más allá de los daños ocasionados sobre las propiedades del perjudicado y aquellas que pudo conseguir,  están los daños extrapatrimoniales, a saber, el daño corporal y el daño moral (dentro del cual está el daño psicológico). Pudiendo entenderse, de esta manera, que una persona no posee un cuerpo o una mente, si no que es ambas cosas.

En cuanto al daño extrapatrimonial, se considera difícil su reparación por la tasación del mismo. Y es que, si bien es fácil saber cuál es el valor de una propiedad o el dinero que se ha dejado de ganar, más complicado parece estimar cuánto vale una persona y sus respectivas partes. Al menos, si no se lleva una adecuada evaluación de la persona. De  esta manera, se ha generado una abundante doctrina y jurisprudencia (Navarro y Martín, 2008) en relación con los daños extrapatrimoniales buscando mejoras en las clarificación y cuantificación de los mismos. Con tal suerte, que el daño moral se ha definido como aquello que “no es daño emergente ni lucro cesante” (Polacco, 1915, tal como se cita en Navarro y Martín, 2008, p. 45). Esto es, aquel daño que no consiste en una pérdida económica o en una falta de ganancia.

Definición más abstracta del daño moral, aunque más reciente, es la ofrecida por el Tribunal Supremo, un glorioso 31 de mayo del año 2000 (RJ200/5089) que lo define como: “daño que recae sobre el acervo espiritual” (Navarro y Martín, 2008, p. 46). Más ampliamente,  se han dado descripciones más exhaustivas y cercanas como la dadas por Álvarez (1966), que  incluye dentro del daño moral, aquellas cuestiones no pecuniarias como son “el dolor, los sentimientos y afectos más importantes y elevados del perjudicado así como los bienes de la persona como salud, libertad, honestidad, honor, etc.” ( tal y como se cita en Navarro y Martín, 2008, p. 45). Desde el punto de vista psicológico, ésta es una definición especialmente acertada ya que nos abre el campo a clasificar aquellas áreas susceptibles de sufrir un menoscabo.

Ya de lleno en el daño moral, es pertinente ilustrar que procede de la locución latina pretium doloris  (Barrientos, 2008) o “precio del dolor”, expresión originaria del seno del derecho canónico. Una expresión similar ha sido usada por el derecho alemán  bajo el  término "Wergeld"; "rescate de la sangre" o "dinero del dolor". Por tanto, se aprecia bajo el paradigma del Derecho Comparativo, como dos culturas diferentes alcanzan la necesidad de restablecimiento de los perjuicios originados por un acontecimiento de consabidas consecuencias dolorosas.


Una cuestión muy relacionada con la reparación del daño es la de las valoraciones globales realizadas por los Órganos Jurídicos. En principio, parece existir consenso en rehuir de éstas en la línea marcada por la STS de 13 de junio de 1986 (RTC 1986/78),  por la cual se “establece la necesidad de detallar las sentencias indemnizatorias por las cuales se repara el daño así como motivar las cantidades concedidas para evitar el fenómeno de una valoración global” (Navarro y Martín, 2008, p. 49). Ahora bien, de acuerdo con el Real Decreto  8/2004, de 29 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguros en la Circulación de Vehículos a Motor, a lo largo  de las Tablas de indemnización una expresión bastante repetida es la de “daños morales incluidos”. Este fenómeno contradictorio es el que ocurre en las  Tablas I y III, que figuran en el Anexo del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguros en la Circulación de Vehículos a Motor ( LRCSCVM)  y actualizadas como corresponde anualmente en el BOE del 30 de enero de 2013, relativas respectivamente a  “Indemnizaciones básicas por muerte incluidos daños morales” e “Indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)”. Por tanto, al darse el término de daño moral como elemento incluido dentro del daño corporal,  la recomendación del Tribunal Supremo podría caer en saco roto a favor de una sistematización globalizadora.

Una matización obligada, tal y como se cita López y García (2012), se refiere al concepto de pretium doloris , entendiendo éste, no como daño moral en sentido estricto, si no como dolor producto del daño corporal, que si bien no puede ser reparado, sí pude ser compensado. Afirmando  que el pretium doloris, bajo esta acepción literal,  tan poco se incluiría en la Tabla III.

Sea como fuere, en España, se da una tendencia a incluir los daños morales dentro de las lesiones básicas o complementarias a menos que se constate su existencia. De manera que, por defecto, una sentencia tendrá tendencias globalizadoras. Afortunadamente, otras naciones como Reino Unido,  Bélgica, Francia  o Italia han resuelto, el problema de las valoraciones globales, unas con más elegancia y acierto que otras, máxime en el caso de Italia que separa la indemnización del daño corporal de la del daño moral, siendo la indemnización total la suma de ambas.





¿Por qué un menor dice que rechaza a un padre o madre? El menor posicionado.

Con frecuencia madres y padres acuden a las consultas de psicología con una pregunta bajo el brazo: ¿por qué mi hijo o hija me rechaza? En la mayor parte de los casos esto suele ocurrir en casos de separación, divorcio o disputa conyugal. Estos progenitores, afectados  por el rechazo de sus hijos, suelen haber buscado en internet pistas de cuál es la causa de semejantes sentimientos. Ya de base, suelen pensar que es la ex pareja la causante de tal rechazo, a veces con razón. En cualquier caso, y gracias a internet, la suelen venir  a consulta  con la idea más o menos clara de que lo que les pasa a sus hijos/as es un Síndrome de Alienación Parental (SAP) o “algo parecido”. Esto quiere decir que, sencillamente, el progenitor que tiene la custodia está usando al menor (o menores) para ponerlo en contra del otro progenitor, bien por despecho, rencor u otros motivos diversos.  Los comportamientos de rechazo de los menores pueden expresarse mediante críticas encubiertas del tipo (“estás gordo/a” o  “no haces nada”) hasta críticas claramente abiertas (“eres un inútil”,  “eres un sinvergüenza”  o  insultos diversos) llegando incluso a las agresiones físicas.

Como algunos autores ya han indicado, el Síndrome de Alienación Parental (SAP),  propuesto por Gadner en 1985, es un término válido en tanto que describe una realidad,  pero que precisa de algunos matices importantes. El primero de ellos es que no se puede hablar de síndrome ya que no está recogido en los tratados de Psiquiatría y Psicología (DSM-V y CIE-10). El segundo matiz es que con relativa frecuencia son otras figuras familiares (abuelos, tíos o actuales parejas) las que pueden estar vilipendiando al progenitor rechazado.
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Un tercer matiz del SAP, el cual está sobradamente documentado por un buen número de autores (Gadner, 1985; Johston y Campbell, 1988; Cartwright, 1993; Bolaños, 2000;  Burrillo, 2001),  es que el rechazo al progenitor no tenga otra justificación (p.ej: abandonos, malos tratos, etc.). Y este punto es uno de los más definitorios de un auténtico caso de  SAP,  del cual se habla en el siguiente vídeo de manera resumida: 





Ahora bien, ¿hay otras causas para que un hijo/a rechace a un padre,  una madre o un tutor?

Razonablemente, la respuesta es sí. Y desde luego, aunque el SAP es relativamente frecuente, nos es la causa principal de que los hijos rechacen a una parte de sus familias y se posicionen a favor de la otra. De acuerdo con el sentido común, un estilo parental negligente (desatender los cuidados del menor,  castigos altamente desproporcionados o abusos físicos o sexuales, entre otros elementos) pueden originar reacciones de rechazo en los menores hacia el padre, la madre o un tutor (Cartié y cols., 2005) de estilo negligente.
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Otra de las causas que puede originar reacciones de rechazo hacia uno de los padres es, nada más y nada menos, que  el elevado conflicto entre ambas partes. De esta manera, cuando estamos ante separaciones o litigios con una alta conflictividad, los menores se ven entre la espada y la pared. Entonces, su supervivencia emocional se ve severamente amenazada. Tal y como nos ilustra Iñaki Bolaños (2002), ante la separación altamente conflictiva, los niños sienten que están en medio de un fuego cruzado en el que sienten que deben tomar partido (o tomar posición). Esta manera de tomar partido, consiste en asegurar el afecto de uno de los dos progenitores. Por la naturaleza del conflicto de alta intensidad, ambas partes (madres, padres o tutores) están enfrentadas y se ven como rivales (al que hay que neutralizar y en el más conflictivo de los casos, destruir). Producto de este enfrentamiento emocional, los niños se ven obligados a aliarse (o posicionarse) con un bando (generalmente con el que viven) y rechazar o agredir al otro para convertirse en aliados activos. Inconscientemente, los menores tan sólo están asegurando su supervivencia emocional. El colmo sería pensar que los niños se van a quedar quietos viendo cómo las dos personas que más quieren amenazan con desligarse de la familia que les ha dado la vida. Mirándolo en positivo, se podría decir que el corazón de los niños es tan grande que son capaces de rechazar la mitad de su corazón con tal de que permanezca intacta la otra mitad. Aquí, una adecuada (y asesorada) comunicación de madres y padres (o las partes en conflicto) e hijos/as puede ahorrar muchos problemas emocionales, interpersonales  y judiciales. Si esto no funcionara, las soluciones legales como la mediación o la intervención especializada de programas como el de “Programa Ruptura de Pareja, No de Familia" o ambos a la vez han de emplearse para resolver la situación conflictiva, de la cual son principal víctima los menores.

Resumiendo el rechazo  de los hijos hacia a los padres, madres o tutores  puede deberse, muy en esencia, a tres causas que han de analizarse muy especialmente ante una evaluación pericial:

     *Malas prácticas parentales.
    *Elevada conflictividad.
  *Lavado de cerebro del menor por parte de una figura importante para él o ella (cuyo equivalente sería el S.A.P)

* fotos extraídas de http://engledow.tumblr.com/

martes, 25 de noviembre de 2014

Secuelas psicológicas tras eventos traumáticos

A los tres meses de un accidente de tráfico el 23% de las personas padecerá secuelas psicológicas. Al año,  un 16 %  de las personas seguirá padeciéndolas (Ehlers et al., 1998). Existe un buen número de factores, como que el acompañante  salga herido, capaces de incrementar ese porcentaje. Por su parte, el apoyo social o una adecuada atención psicológica suponen factores protectores.
Si en vez de un accidente de tráfico es un huracán el que arrasa el hogar, el 26%  (Delatíbodier et al. 2000) de las personas sigue  con secuelas psicológicas un año después. Cuando es un terremoto de 8.8º Richter el que azora,  el 22% de los damnificados padece secuelas de Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT). Ahora bien, los efectos no parecen ser los mismos cuando la persona es menor edad.  Por citar un ejemplo, en el terremoto de la localidad andaluza de Lorca un 44,5% de las niñas y un  35,9% de los niños aun seguía con secuelas psicológicas pasado un año (López y López, 2011). Pero…¿en qué consisten estas secuelas? Pues, además del clásico eje de ansiedad, depresión o ambos a la vez, es relativamente frecuente encontrarnos con el Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT).
Para que tenga lugar el Trastorno de Estrés Postraumático es imprescindible que  la persona viva la situación o situaciones con una respuesta  “de miedo, horror o indefensión” (APA, 2000). Esta reacción inicial llega inesperadamente y entra en la consciencia como un gancho en la mandíbula. El TEPT ha llegado y suele hacerlo para quedarse una temporada. Además, no suele venir solo.  En esta línea, Friedman (1996) refiere que hasta el 80% de las personas diagnosticadas con TEPT presentan comorbilidad con, al menos otro trastorno mental.
Para el desarrollo de TEPT, con frecuencia, no es preciso haber vivido la situación traumática en primera persona ya que los testigos o personas que socorrieron en el momento del trauma, también pueden padecerlo. De esta manera y a grandes rasgos podemos afirmar, sin temor a equivocarnos, que el TEPT está conformado por tres grupos de síntomas: Reexperimentación, evitación e hiperactivación.



Reexperimentación
Y así, es cómo a la persona le asaltan recuerdos del suceso sin que pueda evitar controlarlos. Los sueños desagradables pueden estar presentes y de estar, suelen volver de manera recurrente. El cerbero asume que no estaba preparado en el momento del trauma para enfrentarse al evento. Por ello, y en un intento vano de preparar el cerebro, se bombardea a sí mismo con lo ocurrido para mantener a la persona alerta y, en caso de una situación mínimamente parecida, la persona escape o luche a la primera ocasión. El problema es que la situación no suele volver a presentarse.

Evitación
Dentro de esta reacción al trauma tan virulenta, las conversaciones sobre lo ocurrido suelen ser mal venidas y con frecuencia se evitan las actividades, lugares o personas relacionados con los acontecimientos. Lógicamente, estas actividades, lugares o personas no tienen porqué haber sido culpables del trauma,  ni muchísimo menos, pero como ambos recuerdos se almacenaron cercanamente en el tiempo, el cerebro los ha metido juntos en el mismo cajón.
Con frecuencia, las personas pierden el interés por cosas que antes le gustaban. Pueden aparecer sentimientos de derrota o pérdida. Las dificultades de concentración  es habitual que estén presentes, ya que la mente se haya enfrascada en procesar lo ocurrido. Este embotamiento puede producir que la persona sea incapaz de desarrollar relaciones amorosas e incluso puede sentir que el futuro es un lugar desolador y carente de objetivos. 


Hiperactivación
Este aspecto se puede expresar coloquialmente en que “se está a la que salta”.  El mal humor puede llegar a convertirse en algo cotidiano. El cerebro mantiene alto un nivel de alerta por si se vuelve a presentar el peligro. Y con frecuencia, las personas aquejadas de TEPT ven peligros y amenazas donde no los hay, con las reacciones de angustia derivadas de ello, para ellos y sus seres queridos. La persona se agota por el nivel de exceso de alerta y la amenaza no se presenta. De esta manera, es fácil que aparezcan otros trastornos dentro del eje ansioso, depresivo o ambos a la vez. 

Históricamente,  uno de los orígenes del TEPT se lo debemos al concepto de “neurosis de espanto”  formulado por Kraeplin (1883). Este concepto  fue  afinado por Hermann  Oppenheimer unos años más tarde, en 1892, bajo la denominación de “neurosis traumática” (Talarn, Navarro, Rossel,  y Rigat, 2006). En 1915 Myers publicó en The Lancet un artículo que hablaba sobre pérdida de memoria, visión, gusto y olfato a raíz del  Shell Shock en un grupo reducido de soldados. Este término fue usado para definir las reacciones que experimentaban los soldados a causa de elementos de artillería (Casado-Blanco y Castellano-Arroyo, 2013). En el siguiente vídeo pueden verse algunos de los efectos psicológicos del TEPT, comórbidos con trastornos de conversión, tras la Primera  y Segunda Guerra Mundial. Se advierte que los siguientes vídeos puede herir la sensibilidad del lector/a.






Fue a mediados de la guerra del Vietnam cuando los norteamericanos denominaron al TEPT como “gran reacción al estrés” en el DSM-I (APA, 1952). Dentro del estudio de este trastorno los psicoterapeutas militares se dieron cuenta que cuando enviaban a los soldados afectados a casa, las reacciones de estrés seguían presentes y con frecuencia empeoraban. Desde entonces, es habitual que tras un evento traumático de guerra, se ordene que los soldados vuelvan a su combativo ejercicio de manera casi inmediata, ya que es allí donde está la amenaza que les persigue. Y es allí, donde con frecuencia mejor pueden enfrentarse a ella. Por otro lado, esta intervención no es aplicable a todos los casos.


De esta manera, se concluye que técnicas como  la Desensibilización y  el Reprocesamiento por los Movimiento Oculares (cuyas siglas en inglés son EMDR), ayudan a que la persona reprocese el trauma, esta vez sin las consecuencias traumáticas que le siguieron. Cierto es, que hay otras técnicas eficaces, como la Exposición (exposición gradual al estímulo temido usando relajación), aunque el coste emocional suele ser mayor. Esto hace que bajo el balance de costes emocionales/beneficios terapéuticos del EDMR de Shapiro sea la elección más adecuada para el tratamiento del TEPT. Por su relevancia en el campo del tratamiento del TEPT le hemos dedicado un artículo específico. 

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Consecuencias psicológicas de la separación de pareja



El ambiente familiar resulta fundamental para un buen desarrollo de la etapa infantojuvenil, de esta manera, cuando el menor se encuentra en un ambiente familiar “tenso” y “conflictivo” es más probable que aparezcan problemas de conducta (McCuller, Sussman, Dent y Teran, 2001; Bray, Adams, Getz y Baer, 2001), generalmente  expresados en conductas delictivas y consumo de drogas.

Habitualmente es el grupo de iguales, esto es, amigos y compañeros el que  también parece estar vinculado a las conductas delictivas pero incluso en este caso, diversos autores (Villar, Luengo, Gómez y Romero, 2003) han informado que el clima tenso en el hogar tiene relación con la elección de grupos de adolescentes problemáticos (Fergusson y Horwood, 1999). El clima familiar inadecuado, además tiene relación con la baja autoestima familiar, la ausencia de valores sociales y el escaso rendimiento y así como el apego escolar (Hops, Davis y Lewin, 1999). Y es que un clima familiar adecuado puede proteger de muchos problemas. Por tu parte, un clima conflictivo en familia puede ser un detonante para conductas de riesgo por parte de jóvenes que como en un su casa sienten que no son queridos (aunque lo sean), pueden buscar el afecto en los brazos más problemáticos. 


Podría pensarse que los nuevos modelos de familia pueden tener algún tipo afectación sobre los menores y es que en aquellas familias aquejadas de separación o divorcio se concibe que “la ruptura de la pareja suele ser uno de los eventos más estresantes […] especialmente para los niños” (Seijo, Novo, Carracedo y Fariña, 2010). Más concretamente, en estos casos, los menores suelen presentar  inseguridad, depresión (Fariña, y otros, 2002; Ge, Natsuaki y Conger, 2006), baja autoestima (Camara y Resnick, 1989), inadaptación personal, familiar, escolar y social (Fariña y Arce, 2008; Schick, 2002), y mayores problemas de ansiedad en general (Demo y Acock, 1988; Fauber, Forehand, Thomas y Wierson, 1990) así como de de ansiedad por separación (Amorós, Espada y Méndez, 2008).


En lo relativo a las consecuencias para los progenitores, Troxel y Mathews (2004) han señalando que el conflicto de los padres es un estresor psicosocial que puede generar alteraciones que se relacionan con el estrés aumentando el riesgo de padecer enfermedades crónicas como hipertensión, enfermedades cardiovasculares, asma y algún tipo de cáncer. En la misma dirección, Ge y otros (2006) afirman que la experiencia de la separación de los progenitores, antes de los 21 años, disminuye la esperanza de vida en cuatro años y, según el Standing Comitte on Legal Constitutional Affaire (1998), estos menores presentan hasta el doble de riesgo de padecer asma.  

Afinando el origen de las alteraciones, varias autoras (Seijo, Novo, Carracedo y Fariña, 2010) han puesto de manifiesto que no es el hecho de divorciarse lo que puede desencadenar consecuencias negativas, sino otros elementos mediadores, tales como las circunstancias previas al divorcio, la calidad marital, la manera en que el proceso es afrontado por los adultos, así como el nivel de conflicto entre los padres. Éstos son fuertes predictores de la presencia de alteraciones de la salud en los niños que han vivido la ruptura de los progenitores (Overbeek et al., 2006). Por tanto y una vez más, parece ser que es el clima familiar conflictivo el causante de las alteraciones encontradas.


En resumen, el buen clima familiar tiene un efecto protector sobre los miembros de la familia mientras que un clima familiar conflictivo conlleva riesgos para la salud psicosocial de los miembros de la familia. Y este efecto puede perdurar en el tiempo, para bien o para mal. Por ello, si se va a separar o ya lo está haciendo le animamos a que ambos progenitores hablen con los  hijos a cerca de los motivos de la separación, dejando bien claro, que tanto mamá como papá les seguirán queriendo (aunque papá y mamá ya no se quieran). Háganlo sin culpabilizar a la otra parte, con respeto  por ambas partes, sin prisas, escuchando a sus hijos y adaptando la realidad de la situación a la realidad que pueden entender los menores. Sin duda, entendemos que puede dar miedo explicar este tipo de cuestiones pero si usted no sabe como abordarlo, menos lo sabrán ellos. 

http://engledow.tumblr.com/



miércoles, 14 de mayo de 2014

Delitos juzgados en Canarias en 2012




En la Comunidad de Canarias en el año 2012, según el Instituto Nacional de Estadística, se dieron un total de 11376 penados. De ellos, los más numerosos fueron los cometidos contra la seguridad colectiva con un total de 6421 casos penados, seguidos de los delitos contra la seguridad vial con 5757 penados. Los siguientes en número son los relativos a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico con 2861 sentencias condenatorias. En cuanto a los de lesiones y robos, las cifras están en 1853 y 1339 respectivamente. De amenazas se dieron  440 casos penados. Delitos de hurto y robo de vehículos se enjuiciaron 237 procesos.  Delitos contra la libertad e indemnizaciones sexuales se establecieron 130. Por su parte, tenemos la comisión factual de 70 casos de homicidio. Sobre la propiedad intelectual e industrial hubo 40 infracciones penales juzgadas. De la receptación y el blanqueo de capitales se estimaron 38 casos. Contra los derechos de los trabajadores se dieron 34 procesos resueltos. En cuanto a casos de abusos se dio resolución condenatoria en  66 casos. En cuanto a las agresiones sexuales se estableció condena sobre  19 agresiones sexuales. Resulta sorprenderte la ocurrencia condenatoria de 0 casos de acoso sexual en la comunidad canaria.

Referencia:

 Instituto Nacional de Estadística.

http://www.ine.es/

domingo, 9 de marzo de 2014

S.A.R.A. Manual para la valoración del riesgo de violencia contra la pareja.



La S.A.R.A. (Spouse Assault Risk Assesment) es una entrevista adaptada por A. Andrés Pueyo y S. López (2005),  y constituye una guía de factores de riesgo empíricos (Cooper, 1993) y factores clínicos analizados estadísticamente para casos de “violencia contra la pareja”. Se entiende que su ámbito de aplicación se orienta a “cualquier intento, amenaza o agresión física real perpetrada por un hombre o una mujer que él  o ella tiene, o ha tenido una relación sexual íntima”1. En la versión original, su uso está orientado y recomendado para un amplio tipo de profesionales ya sea desde el ámbito penitenciario o sanitario hasta tareas de consulting como pueden ser abogados/as que deseen utilizar la S.A.R.A  como instrumento para refutar la valoración de un experto. Ahora bien, desde el propio manual 1 y desde revisiones posteriores 2, se recomienda entrenamiento y formación en su aplicación, además de contar con experiencia en evaluación psicológica y experiencia en el campo de la violencia de la pareja. Como puede verse en la siguiente exposición de ítems, para una adecuada valoración del riesgo es preciso, al menos, contar con asesoramiento psicológico o psiquiátrico. Otra recomendación que sin duda resulta imprescindible es el hecho de contar con datos que procedan de distintas fuentes de información.

De esta manera, la S.A.R.A. presenta 20 ítems agrupados a lo largo de cinco factores y puntuables de cero a dos según el nivel de presencia de la característica de riesgo. A fin de proporcionar una idea exacta aunque muy resumida de este versátil instrumento, a continuación se exponen sus ítems:

HISTORIAL DELICTIVO

Nº1.- Violencia anterior contra los familiares.
            2.-Constancia de agresión física o intento real de agresión a miembros de la familia.
            1.- Constancia de amenaza de agresión física a los mismos.
            0.- No se encuentra evidencia de tales conductas.

Nº2.- Violencia anterior contra conocidos o desconocidos.
            2.- Constancia de agresión física o intento real de agresión.
            1.- Constancia de amenaza de agresión física en el pasado.
            0.- No se encuentra evidencia de tales conductas.

Nº3.- Violación de la libertad condicional u otras medidas similares.
            2.- Condenas o arrestos por violar la libertad condicional o medidas comunitarias.
            1.- Incumplimiento de la libertad condicional o permisos.
            0.- No se encuentra evidencia de incumplimientos.


AJUSTE PSICOSOCIAL

Nº4.- Problemas recientes de relaciones de pareja (en el último año).
            2.- Separación de la pareja o conflicto grave.
            1.- Conflicto de pareja moderado.
            0.- No se encuentra conflicto o es de intensidad leve.

Nº5.- Problemas recientes de empleo y trabajo.
            2.- Desempleo e historia laboral inestable.
            1.- Actualmente desempleado pero con historia laboral estable.
            0.- Con empleo e historia laboral estable.

Nº6.- Víctima y/o testigo de violencia familiar en la infancia o adolescencia.
            2.- Víctima y/o testigo de violencia familiar frecuente.
            1.- Víctima y/o testigo de violencia familiar infrecuente o no muy grave.
            0.- No existe evidencia de ello.

Nº7.- Consumo/abuso reciente de drogas.
            2.- Adicción grave.
            1.-Consumo leve.
            0.- No existe evidencia de consumo.

Nº8.- Ideas o intentos de suicidio en el último año.
            2.- Ideación o intento grave.
            1.- Ideación o intento moderado.
            0.- No hay evidencia de estas conductas.

Nº9.- Síntomas psicóticos y maníacos recientes en el último año.
            2.- Síntomas graves.
            1.- Síntomas ligeros.
            0.- No se encuentra evidencia de estos comportamientos.

Nº10.- Trastornos de personalidad con ira, impulsividad o inestabilidad contractual.
            2.- Trastornos de personalidad con graves problemas.
            1.- Trastornos de personalidad con ligeros problemas.
            0.- No hay evidencias de estos elementos.

HISTORIA DE VIOLENCIA CONTRA LA PAREJA.

Nº11.-  Violencia física anterior sobre la pareja o ex parejas.
            2.- Agresiones físicas.
            1.- Intentos de agresiones.
            0.- No se encuentran evidencias.

Nº12.- Violencia sexual y/o ataques de celos en el pasado.
            2.- Historial de agresión sexual o agresión física en ataque de celos.
            1.- Intento de agresión sexual o historia de graves celos.
            0.- No existe evidencia.

Nº13.- Uno de armas y/o amenazas de muerte creíbles en el pasado.
            2.- Amenazas creíbles de muerte o uso de armas.
            1.- Presencia de amenazas.
            0.- No existe evidencia de estos elementos.

Nº14.- Incremento recidivante en la frecuencia o gravedad de las lesionas.
            2.- Claro aumento de la frecuencia o gravedad.
            1.- Posible aumento.
            0.- No evidencia de aumento en frecuencia o gravedad.

Nº15.- Violaciones o incumplimiento de las órdenes de alejamiento.
            2.- Arresto o detención por incumplimiento.
            1.- Violación o incumplimiento que no terminó en detención
            0.- No existen evidencias de ello.

Nº16.- Minimización o negación de la violencia anterior contra la pareja.
            2.- Minimización o negación extrema.
            1.- Minimización o negación relativa.
            0.- Se da asunción de las conductas referidas.

Nº 17.- Actitudes que apoyan o consienten la agresión contra la pareja.
            2.- Actitudes que apoyan o justifican la violencia.
            1.- Parece que sostiene dichas actitudes.
            0.- No existen evidencia de tales actitudes.

DELITO/AGRESIÓN ACTUAL

Nº18.-  Violencia física y/o violencia sexual grave.
            2.- Violencia sexual o física grave.
            1.-Violencia moderada o leve.
            0.- No se encuentran evidencias de violencia.

Nº19.- Uso de armas/amenazas de muerte creíbles actuales.
            2.- Uso de armas o amenazas de muerte creíbles.
            1.- Amenazas de utilización de armas.
            0.-No hay evidencia de tales conductas.

Nº 20.- Violación o incumplimiento de las órdenes de alejamiento actuales.
            2.- La acción violenta que justifica la valoración se ha realizado bajo orden de alojamiento.
            1.- La acción violenta ha tenido lugar con orden de “alejamiento” pero sin detención o arresto.
            0.- En la acción no había orden de “alejamiento”.

Ya en el último apartado y constituyendo el último factor, se incluyen Otras Consideraciones, sin duda relevantes en la predicción del riesgo de violencia contra la pareja. 

Antes de cerrar, decir que  la S.A.R.A. comparte muchas cualidades de  otros instrumentos de valoración del riesgo como es el SVR-20 (Manual de Valoración del riesgo de violencia sexual) o el HCR-20 (guía para la valoración del riesgo de comportamientos violentos). A ellos, se dedicará un apartado correspondiente en futuras publicaciones de este blog.



Referencias:

1 Andrés-Pueyo, A y López, S. (2005). S.A.R.A. Manual para la valoración del riesgo de violencia contra la pareja. Publicacions i Edicions. Barcelona.

2 López,  S. y Andrés-Pueyo, A. (2007). Adaptación de la S.A.R.A. Evaluación del riesgo contra la pareja. Any.